CONDICIONES GENERALES DE SERVICIO DE MULTIASISTENCIA FORCESOS
1. INTRODUCCION.
1.1 FORCESOS es un servicio global de multiasistencia que brinda Asistencia en situaciones de emergencia tales como: Auxilio Vial, Local Comercial, Asistencia Médica, Asistencia Veterinaria, entre otros, ante cualquier eventualidad que presente el afiliado. Nuestro servicio está disponible las 24 (veinticuatro) horas del día, los 365 (trescientos sesenta y cinco) días del año. Ponemos a la disposición del Usuario para reportar el evento, un App con tecnología de punta que acorta los tiempos de respuesta de la emergencia, adicionalmente a través de llamadas convencionales que serán atendidas por nuestro centro de despacho.
2. GLOSARIO DE TÉRMINOS.
2.1 DEFINICIONES:
Las letras en negrita que se presentan en el presente documento de condiciones generales indicarán la definición que aquí se les atribuye.
A) GEOTRACK PANAMÁ, S.A: GEOTRACK PANAMÁ, S.A. y/o FORCESOS como producto.
B) USUARIO: Es la persona física que Power Club haya permitido, previa sus propias y únicas
consideraciones, afiliar al servicio de multiasistencia denominado FORCESOS.
C) DÓLARES: La moneda de curso legal vigente en los Estados Unidos de América.
D) MULTIASISTENCIA: conjunto de servicios más abajo descritos y que son solicitados por el usuario final bajo situaciones de emergencia y necesidades que se originan en eventualidades de su vida cotidiana, dentro del ámbito residencial, laboral y/o desplazamiento.
E) SERVICIOS: Los servicios de asistencia contemplados en FORCESOS y a los que se hace referencia en el presente documento.
F) SITUACIÓN DE ASISTENCIA / EVENTO: Suceso imprevisto que haya provocado o pueda provocar avería o falla, daños materiales o físicos, así como retrasos en las actividades cotidianas del Usuario ocurrido dentro de los términos y con las características y limitaciones establecidas en el documento, que den derecho a la prestación de los Servicios.
G) VEHÍCULOS DEL USUARIO: Son aquellos medios de locomoción con motor de combustión interna, de transporte terrestre del Usuario Titular o con interés legítimo comprobable sobre el mismo en cada uno de los Servicios.
Se deja constancia que en ningún caso los Vehículos del Usuario podrán ser vehículos destinados al transporte público de mercancías o personas; de alquiler; salvo en los casos de Arrendamiento o Leasing que no tengan un peso superior a 3,500 kilogramos; o, de modelo de antigüedad superior a diez (10) años.
H) ACCIDENTE: Todo acontecimiento que provoque daños materiales y/o corporales a un Usuario, causado única y directamente por una causa externa, violenta, fortuita y evidente (excluyendo la enfermedad previa) que ocurra a un Usuario durante la vigencia del presente documento.
I) FECHA DE INICIO: Fecha a partir de la cual los Servicios de multiasistencia FORCESOS que ofrece GEOTRACK PANAMÁ, S.A estarán disponibles para los Usuarios de POWER CLUB Esto es 48 (cuarenta y ocho) horas después de que POWER CLUB inserte la información al sistema de Geotrack Panamá S.A a través de los módulos administrativos creados para tales fines, o remita dicha información por correo para ser cargada por el equipo de Geotrack Panamá S.A.
J) PAÍS DE RESIDENCIA: Para fines del contrato y presente Anexo, será la República de Panamá.
K) REPRESENTANTE: Cualquier persona, sea o no acompañante del Usuario que realice gestión
alguna para posibilitar la prestación de los Servicios de Asistencia FORCESOS.
L) RESIDENCIA PERMANENTE: El domicilio habitual que en la República de Panamá manifieste tener un Usuario en el contrato que maneje con POWER CLUB y que haya celebrado con esta empresa o cualquier otro domicilio que el Usuario haya notificado a POWER CLUB, domicilio que será considerado como el del Usuario para los efectos de los servicios de asistencia materia del presente documento, especialmente para los servicios denominados como KILÓMETRO CERO de acuerdo a los términos y condiciones que se alude en el presente instrumento.
M) EQUIPO TÉCNICO: El personal asistencial apropiado que esté gestionando los Servicios de multiasistencia a los Usuarios por cuenta de FORCESOS, de acuerdo con los términos y condiciones que se alude en el presente instrumento.
N) EMERGENCIA: Para efectos del servicio de asistencia en el hogar, se considera Emergencia una situación accidental y fortuita que deteriore el inmueble (fuga de agua), que no permita su utilización cotidiana (corto circuito), que ponga en riesgo la seguridad del mismo y sus habitantes (una cerradura exterior inservible, un cristal roto) e inhabitabilidad de la vivienda (reportado por las autoridades competentes (bomberos, defensa civil, etc.)), de acuerdo a los términos y condiciones que se alude en el presente instrumento.
O) VIVIENDA /LOCAL AFILIADA(O): Una casa de habitación la cual aparece previamente registrada en la base de datos de POWER CLUB, como la Residencia/Local Permanente del Usuario, en el contrato respectivo, la cual previa solicitud de este se proporcionará la prestación de los Servicios, de acuerdo con los términos y condiciones que se alude en el presente instrumento.
P) SERVICIOS DENTRO DE LA VIVIENDA AFILIADA: Las coberturas relativas al inmueble del Usuario son las relacionadas en este anexo, que se prestarán de acuerdo con los términos y condiciones que se describe en el presente instrumento.
Q) PROVEEDOR: Es el personal (MÉDICO, TÉCNICO Y/O CONSULTOR) y demás equipo asistencia de FORCESOS, o subcontratado por FORCESOS, apropiado para prestar los Servicios a un Usuario, de acuerdo con los términos y condiciones que se alude en el presente instrumento.
R) SERVICIOS AL VEHICULO DEL USUARIO: El excedente del monto por evento de cualquiera de los servicios aplicables al vehículo será pagado en forma inmediata por el Usuario con sus propios recursos al Proveedor. El Usuario en todo momento deberá supervisar la prestación de los Servicios. Si para un cierto automóvil a FORCESOS se le requiriesen servicios que excedieren el límite del costo máximo o del número máximo de servicios por cada período de doce (12) meses, entonces FORCESOS deberá, antes de dar el servicio, comunicárselo al Usuario e indicarle el costo, a fin de que éste lo autorice y pague de su propio peculio.
BENEFICIOS:
3.1 LOS SERVICIOS DE ASISTENCIA EN PANAMÁ
3.1.1 SERVICIOS DE ASISTENCIA VIAL DESDE EL KILÓMETRO CERO: Queda entendido que los servicios establecidos en este punto se prestarán desde el Kilómetro Cero, entendiéndose éste, como la Residencia Permanente del Usuario o cualquier lugar donde se encuentre dentro de la República de Panamá.
A) ASISTENCIA VIAL
• ENVÍO Y PAGO DE REMOLQUE EN GRÚA:
En caso de accidente automovilístico o avería mecánica que no permita la circulación autónoma delVehículo del Usuario, FORCESOS gestionará y cubrirá el costo de los servicios de remolque mediante Grúa de Plataforma hasta el taller mecánico autorizado más cercano al evento, que para tal efecto se indique por el Usuario.
FORCESOS se compromete a que antes de enviar el servicio, en caso de haber un excedente le comunicará al Usuario el monto de este para su autorización, el cual será pagado en forma inmediata por el Usuario con sus propios recursos al Proveedor.
En todos los casos, el Usuario deberá acompañar a la grúa durante todo el trayecto de traslado delVehículo hasta el taller de destino o lugar indicado. Exceptuando los casos en que él o los ocupantes tengan que ser trasladados a un centro Hospitalario o Clínica, o que se encuentren imposibilitados para acompañar el vehículo.
Queda entendido que el SERVICIO DE REMOLQUE no se prestará a vehículos con carga y/o heridos.FORCESOS tampoco organizará ni pagará los servicios que sean requeridos con el propósito de sacar el vehículo atascado o atorado en huecos, barrancos, cunetas o cualquier otra maniobra directa o indirecta que se refiera a salvamento, extracción o rescate tanto del vehículo o carga diferentes a los movimientos normales de arrastres convencionales para el traslado o remolque del vehículo asegurado.
En caso de que el Usuario reporte a FORCESOS que el Vehículo necesita: Cambio de neumático (llanta) por el repuesto en caso de ponchadura, suministro de combustible o necesidad de paso de corriente, FORCESOS gestionará y cubrirá el costo del envío de una persona que se encargue de solucionar el inconveniente respectivo, de tal forma que el vehículo pueda movilizarse por sus propios medios. El excedente del monto por evento será pagado en forma inmediata por el Usuario con sus propios recursos al Proveedor. El Usuario en todo momento deberá supervisar la prestación de los Servicios de Asistencia Vial, que contarán con una cobertura de límite máximo de
• CAMBIO DE NEUMÁTICO
Ante situaciones de desgaste, pinchaduras o problemas de presión baja del neumático (llanta) instalado en el vehículo, FORCESOS se hará cargo de enviar al personal especializado para cambiar el neumático averiado por el de emergencia/repuesto siempre y cuando el Vehículo Aseguradocuente con el neumático de emergencia/repuesto y con el equipo necesario en su vehículo. La cobertura es con el límite máximo indicado en la tabla de coberturas de cada plan de servicios.
• PASO DE ENERGÍA A BATERÍA
En caso de que el Vehículo Asegurado no pudiese iniciar la marcha a causa de problemas con la batería por fallas de descarga o uso inapropiado (luces encendidas, falta de mantenimiento, polos sulfatados o consumo eléctrico desconocido), FORCESOS se hará cargo de enviar al personal especializado y con el equipo necesario para traspasar carga a la batería. La cobertura es con el límite máximo indicado en la tabla de coberturas de cada plan de servicios.
• ENVIO / ABASTO DE COMBUSTIBLE
Si llegara a ocurrir que el vehículo pierda la capacidad autónoma de circulación por falta de combustible, FORCESOS realiza la gestión de proveerle un galón del combustible que use el vehículo del usuario. El costo del combustible deberá ser asumido por el Usuario. La cobertura es con el límite máximo indicado en la tabla de coberturas de cada plan de servicios.
Si para un cierto contrato a FORCESOS se le requiriesen servicios que excedieren el límite del costo máximo o del número máximo de servicios por cada período de doce (12) meses, entoncesFORCESOS deberá, antes de dar el servicio, comunicárselo al Usuario e indicarle el costo, a fin de que éste lo autorice y pague de su propio peculio.
B) ASISTENCIA HOGAR
• SERVICIOS DE FONTANERIA / PLOMERIA
Cuando a consecuencia de una avería súbita (de repente) e imprevista en las instalaciones fijas de abastecimiento y/o sanitarias propias de la Vivienda/Local Afiliada, se presente alguna rotura o fuga de agua o avería que imposibilite el suministro o evacuación de las aguas, previa solicitud vía la App ForceSOS y/o vía telefónica del Usuario, se enviará a la brevedad posible un técnico especializado, que realizará la asistencia de Emergencia necesaria para restablecer el servicio, siempre y cuando el estado de las redes lo permitan. El valor descrito como Limite de Coberturas incluye traslado del operario y la mano de obra, NO incluye el costo de los materiales los cuales deben ser costeados por el Usuario. Las reparaciones de plomería no incluyen trabajos de albañilería.
Exclusiones del servicio de Fontanería.- Quedan excluidas de la presente cobertura, la reparación y/o reposición de averías propias de: Grifos, cisternas, depósitos, calentadores junto con sus acoples, tanques hidroneumáticos, bombas hidráulicas, radiadores, aparatos de aire acondicionado, lavadoras, secadoras, y cualquier aparato doméstico conectado a las tuberías de agua, y en general de cualquier elemento ajeno a las conducciones de agua propias de la vivienda, arreglo de canales y bajantes, reparación de goteras debido a una mala impermeabilización o protección de la cubierta o paredes exteriores del inmueble, ni averías que se deriven de humedad o filtraciones. Así como cualquier tipo de reparación en aérea comunes o en instalaciones propiedad de la Empresa de Acueducto y alcantarillado. Queda excluido también cualquier tipo de reparación en áreas comunes o en instalaciones propiedad de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado.
El excedente del monto por evento será pagado en forma inmediata por el Usuario con sus propios recursos al proveedor. El Usuario en todo momento deberá supervisar la prestación de los Servicios.Si para un cierto contrato a FORCESOS se le requiriesen servicios que excedieren el límite del costo máximo o del número máximo de servicios por cada período de doce (12) meses, entoncesFORCESOS deberá, antes de dar el servicio, comunicárselo al Usuario e indicarle el costo, a fin de que éste lo autorice y pague de su propio peculio.
• SERVICIOS DE ELECTRICIDAD
Cuando a consecuencia de una avería súbita e imprevista en las instalaciones eléctricas propias en el interior de la Vivienda/Local Afiliada (casa, apartamento de uso habitacional), que corresponda a la Residencia Permanente del Usuario, se produzca una falta de energía eléctrica en forma total o parcial (corto circuito), previa solicitud vía la App ForceSOS y/o vía telefónica del Usuario, se enviará a la mayor brevedad posible un técnico especializado que realizará la asistencia deEmergencia necesaria para restablecer el suministro de energía eléctrica, siempre y cuando el estado de las redes lo permitan. Además, reparación o cambio de tableros eléctricos, totalizadores de cuchillas, interruptores, breakers, o fusibles dañados por corto circuito o sobrecarga, únicamente en áreas que pertenezcan a la instalación eléctrica de la Vivienda Afiliada.
El valor descrito como Limite de Coberturas incluye traslado del operario y la mano de obra, NO incluye el costo de los materiales los cuales deben ser costeados por el Usuario.
Exclusiones al servicio de Electricidad. – Quedan excluidas del presente servicio, la reparación y/o reposición de averías propias de:
- a) Enchufes o interruptores, elementos de iluminación tales como lámparas, bombillos o fluorescentes, balastros.
- b) Electrodomésticos tales como: estufas, hornos, calentadores, lavadora, secadoras, neveras y en general cualquier aparato que funcione por suministro eléctrico.
- c) Cualquier tipo de reparación en áreas comunes o en instalaciones propiedad de la Empresa de Energía.
El excedente del monto por evento será pagado en forma inmediata por el Usuario con sus propios recursos al proveedor. El Usuario en todo momento deberá supervisar la prestación de los Servicios.Si para un cierto contrato a FORCESOS se le requiriesen servicios que excedieren el límite del costo máximo o del número máximo de servicios por cada período de doce (12) meses, entoncesFORCESOS deberá, antes de dar el servicio, comunicárselo al Usuario e indicarle el costo, a fin de que éste lo autorice y pague de su propio peculio.
• SERVICIO DE CERRAJERÍA
Cuando a consecuencia de cualquier hecho accidental, como pérdida, extravío o robo de las llaves, inutilización de la cerradura por intento de hurto u otra causa que impida la apertura de la Vivienda Afiliada o bien que ponga en riesgo la seguridad de la misma, previa solicitud vía la App ForceSOS y/o vía telefónica del Usuario se enviará a la mayor brevedad posible un técnico especializado que realizará la asistencia de Emergencia necesaria para restablecer el acceso a la Vivienda Afiliada y el correcto cierre de la puerta de la misma. El valor descrito como Limite de Coberturas incluye traslado del operario y la mano de obra, NO incluye el costo de los materiales los cuales deben ser costeados por el Usuario.
Exclusiones al servicio de Cerrajería. – Quedan excluidas de la presente cobertura, la reparación y/o reposición de cerraduras y puertas de madera, que provean el acceso a partes interiores del inmueble, es decir puertas de baños, recamaras, la apertura, cambio, reposición, o reparación de cerraduras de guardarropas, alacenas y el cambio de las cerraduras de puertas exteriores de acceso a la Vivienda Afiliada. El excedente del monto por evento será pagado en forma inmediata por elUsuario con sus propios recursos al proveedor. El Usuario en todo momento deberá supervisar la prestación de los Servicios.
Si para un cierto contrato a FORCESOS se le requiriesen servicios que excedieren el límite del costo máximo o del número máximo de servicios por cada período de doce (12) meses, entoncesFORCESOS deberá, antes de dar el servicio, comunicárselo al Usuario e indicarle el costo, a fin de que éste lo autorice y pague de su propio peculio.
• SERVICIOS DE VIDRIERÍA
Cuando a consecuencia de un hecho súbito (de repente) e imprevisto se produzca la rotura de alguno de los vidrios o puertas de las ventanas que formen parte de las fachadas exteriores de laVivienda Afiliada, previa solicitud vía la App ForceSOS y/o vía telefónica del Usuario, se enviará a la mayor brevedad posible un técnico que realizará la Asistencia de Emergencia, siempre y cuando las condiciones por motivos de la hora y del día lo permitan. El valor descrito como Limite de Coberturas incluye traslado del operario y la mano de obra, NO incluye el costo de los materiales los cuales deben ser costeados por el Usuario.
Exclusiones del servicio de Vidriería. – Quedan excluidas del presente servicio:
- a) Cualquier clase de espejos, y cualquier tipo de vidrios que, a pesar de ser parte de la edificación en caso de una rotura, no formen parte de cualquier fachada exterior de la vivienda que dé hacia la calle poniendo en peligro la seguridad del inmueble, sus ocupantes o terceros.
- b) Roturas de vidrios por fenómenos naturales.
El excedente del monto por evento será pagado en forma inmediata por el Usuario con sus propios recursos al proveedor. El Usuario en todo momento deberá supervisar la prestación de los Servicios.Si para un cierto contrato a FORCESOS se le requiriesen servicios que excedieren el límite del costo máximo o del número máximo de servicios por cada período de doce (12) meses, entonces FORCESOS deberá, antes de dar el servicio, comunicárselo al Usuario e indicarle el costo, a fin de que éste lo autorice y pague de su propio peculio.
• REFERENCIAS Y COORDINACIÓN DE TECNICOS ESPECIALIZADOS
A solicitud del Usuario se enviará un especialista a su domicilio, para cotizar cualquier trabajo de reparación, mantenimiento, ampliación, o remodelación que este requiera fuera de cualquier situación de emergencia. Los servicios de conexión incluyen el envío de plomeros, electricistas, ornamentadores, cerrajeros, vidrieros, pintores, carpinteros, entre otros. FORCESOS, coordinará que el especialista presente simultáneamente al Usuario y a FORCESOS el presupuesto y programa de ejecución. Además, analizará y dará sus recomendaciones para que el Usuario decida, en definitiva. Una vez que el Usuario haya aceptado el presupuesto por escrito asumiendo la totalidad del costo de los trabajos a realizar (mano de obra, materiales, entre otros) se procederá a realizarlo.
GEOTRACK no asumirá responsabilidad alguna en relación con el producto, servicio o la atención prestada o falta de la misma por parte de los establecimientos y técnicos contactados, sin embargo, durante la ejecución de los trabajos, el Usuario podrá dirigirse a FORCESOS, para señalar cualquier inconformidad o deficiencia con respecto a los servicios prestados a los fines de considerar dentro del historial de calificaciones del proveedor de servicio. Estos servicios se ofrecen Sin límite de eventos por año.
EXCLUSIONES DEL SERVICIO DE ASISTENCIA HOGAR/LOCAL COMERCIAL:
Los servicios de Emergencia sólo se prestarán en la Vivienda Afiliada. Excluyendo locales comerciales, oficinas, así como otras viviendas propiedad del Usuario (casas de campo, playa, etc.). Asimismo, será excluyente del servicio:
a) Cualquier falla o daño preexistente en los componentes e instalaciones en la Vivienda Afiliada y que aparece como su Residencia Permanente en el contrato. Es falla preexistente, la que ya exista y sea demostrable antes de la fecha de inicio de vigencia del contrato o de solicitud del servicio de asistencia hogar.
b) Cualquier reparación contratada directamente por el Usuario.
c) Reparaciones de daños en los bienes muebles del Usuario o de otros y que sean consecuencia de
fallas en los servicios eléctricos, hidráulicos, sanitarios, de gas y por rotura de vidrios.
d) Daños intencionales, así como los causados por guerra, rebelión, asonada, motín, protesta, paro y situaciones que alteren la seguridad pública.
e) Daños por terremoto, erupción volcánica, inundación, erupción, y cualquier fenómeno natural.
f) Cuando por orden de autoridad competente se impida la ejecución de los trabajos.
g) Cuando cualquier autoridad competente con orden de allanamiento, cateo, aseguramiento, rescate, se vea obligada a forzar o destruir cualquier elemento de acceso como puertas, ventanas, cerraduras en la Vivienda Afiliada.
h) Cambio de vidrios de ventanas y puertas que den a patios posteriores e interiores o hacia el interior de conjuntos cerrados de habitación.
i) Cambio o reposición de puertas de madera interiores y exteriores.
j) Recubrimientos de acabados de pisos, paredes, pisos, y techos como enchapes, azulejos, mosaicos, mármol, granito, tapiz, alfombra, pintura, madera, drywall, yeso, cielo raso, papel de colgadura, materiales de barro, entre otros.
En caso de que el costo del servicio de Emergencia exceda el monto establecido, este excedente será cubierto por el Usuario con sus propios recursos. Los siguientes trabajos de albañilería solamente se incluirán como parte de un servicio de Emergencia, plomería, electricidad, y cerrajería.
a) Demoliciones, aperturas de zanjas para descubrir tuberías de agua, drenajes o electricidad.
b) Colocar y fijar muebles de baño, lavaderos, y lavaplatos cuando se presente un cambio de emergencia por fractura o desprendimiento por accidente. Se incluye el desmantelamiento del mueble dañado.
4. EXCLUSIONESGENERALESDESERVICIO
4.1 No son objeto de los Servicios, las situaciones de asistencia que presenten las siguientes causas:
C) Hechos y actos del hombre derivados del terrorismo, guerra, guerrilla, vandalismo, motín o tumulto popular, etc.
D) Hechos y actos de Fuerzas Armadas, fuerza o cuerpo de seguridad.
E) La energía nuclear radiactiva.
F) Enfermedades o lesiones derivadas de padecimientos crónicos y de las diagnosticadas con anterioridad a la iniciación del viaje.
G) La ingestión de drogas, sustancias tóxicas, narcóticos o medicamentos sin prescripción médica.
H) Enfermedades mentales.
I) La adquisición y uso de prótesis o anteojos.
J) El embarazo.
K) Practicas deportivas en competencia.
L) El incumplimiento de las obligaciones procesales por parte del Usuario que imponga la autoridad judicial como medida preventiva para asegurar la asistencia del Usuario en el procedimiento.
M) La falta de cooperación del Usuario para la recuperación de la caución exhibida por la empresa.
N) Las situaciones de asistencia ocurridas durante viajes o vacaciones realizados por el Usuariocontra de la prescripción del médico de cabecera o durante viajes de duración superior a sesenta (60) días naturales, no dan derecho a los Servicios de Asistencia.
O) Cualquier tipo de asistencia médica, farmacéutica u hospitalaria inferior a $50.00 U.S. (Cincuenta Dólares Americanos).
P) Los siguientes vehículos quedan expresamente excluidos de la prestación de estos servicios: Vehículos de 3.5 toneladas de capacidad en adelante, vehículos destinados a transporte público de carga o de personas, transporte público, taxis, microbuses, autobuses de turismo y vehículos rentados a una empresa de Alquiler de autos establecida como tal.
Q) Cuando el automóvil haya sido introducido ilegalmente al país.
R) Cuando el Usuario no proporcione información veraz y oportuna, que por su naturaleza no
permita atender debidamente el asunto.
S) Cuando el Usuario no se identifique como Usuario de POWER CLUB
T) Cuando el Usuario incumpla cualesquiera de las obligaciones indicadas en este documento.
5. OBLIGACIONES DEL USUARIO
Con el fin de que el Usuario pueda disfrutar de los servicios contemplados, deberá cumplir con todas las obligaciones que se estipulan a lo largo del presente documento, además de las siguientes:
A) Abstenerse de realizar gastos o arreglos sin haber consultado previamente con FORCESOS.
B) Dar aviso oportuno a FORCESOS del cambio de Residencia Permanente del Usuario. Queda entendido que en caso de que el Titular establezca su Residencia Permanente en un lugar distinto al territorio de la República de Panamá, la relación entre FORCESOS y el Usuario se tendrá por extinta, con lo cual FORCESOS se verá liberada de su obligación de prestar los servicios contemplados en el presente contrato y el Usuario se verá liberado de su obligación de pagar las cuotas necesarias para recibir los servicios aquí establecidos. Excepto que sea un país donde FORCESOS opere y por ende el Usuario tenga cobertura.
C) Identificarse como Usuario ante los funcionarios de FORCESOS o ante las personas que esta última compañía contrate con el propósito de prestar los Servicios contemplados en el presente documento.
6. PROCESO GENERAL DE SOLICITUD DEL SERVICIO DE ASISTENCIA
En caso de que un Usuario requiera de los servicios contemplados, se procederá de la siguiente
forma:
- El Usuario que requiera del servicio se comunicará con FORCESOS a través del App de clientes ForceSOS o por medio de los números telefónicos especificados en este documento.
- El Usuario procederá a suministrarle al agente de FORCESOS que atienda el requerimiento, los datos que este entienda necesarios para identificarlo como Usuario siempre que el contacto sea vía telefónica, en caso de que el contacto sea a través de la aplicación ForceSOS ya se contaran con los datos para identificar al Usuario. Asimismo, se requieran los datos que sean necesarios a modo de validación, con el fin de poder prestar el servicio solicitado, tales; como la ubicación exacta del Usuario; un número telefónico en el cual pueda ser localizado; descripción por el Usuario del problema que sufre, el tipo de ayuda que precise; y, el número de placa del Vehículo del Usuario en relación con el cual se solicite un servicio.Queda entendido que el personal de FORCESOS únicamente prestará los Servicioscontemplados en este contrato, a las personas que figuren como Usuario activos con derecho a recibir los Servicios en la última lista de Usuario activos que haya puesto POWER CLUB a disposición de FORCESOS. De este modo, POWER CLUB asume la responsabilidad de mantener totalmente actualizada la lista de Usuario activos.
Del mismo modo, se deja constancia que los Servicios relacionados con los Vehículos del Usuario, únicamente se prestarán cuando sean solicitados por alguno de los Usuarios, con derecho al programa FORCESOS.
C. Una vez cumplidos todos los requisitos indicados, FORCESOS le prestará al Usuario los servicios solicitados a los cuales tenga derecho de conformidad con los términos, condiciones y limitaciones del presente documento.
En caso de que el Usuario no cumpla adecuadamente con los requisitos indicados,FORCESOS no asumirá responsabilidad ni gasto alguno relacionado con la no-prestación de los servicios relacionados con el presente contrato, ni frente al Usuario ni frente a POWER CLUB
7. PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS
Queda entendido que FORCESOS podrá prestar los servicios en forma directa, o a través de terceros con quienes dicha compañía contrate, bajo su responsabilidad.